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Documento de Julius Streicher firmado en Núremberg, en el que niega su responsabilidad en la Noche de los Cristales Rotos Documento parcialmente impreso, en alemán, una página, 8 x 12, 18 de febrero de 1946. Documento titulado (traducido): «Tribunal Militar Internacional, solicitud del acusado para la citación de un testigo», redactado durante la preparación de su defensa para los juicios de Núremberg. Streicher y su abogado defensor solicitan el testimonio de «Friedrich Strobel, abogado», alegando que este tiene conocimiento de que «Streicher intervino en una reunión de la Liga Nacionalsocialista de Abogados el 3 de diciembre de 1938, y afirmó, en el transcurso de su conferencia, que la manifestación contra la población judía, que tuvo lugar en la noche del 9 al 10 de noviembre, fue una medida totalmente errónea, que la cuestión judía mundial no podía resolverse de esa manera, sino que solo provocaría una reacción contraria desfavorable» y «que Streicher propuso, en su editorial “Der Stürmer”, que se considerara la isla de Madagascar como zona de asentamiento para los judíos». Firmado al final a lápiz por Julius Streicher y refrendado por su abogado defensor. Reforzado con papel de archivo y en buen estado, con limpieza profesional del papel. Acompañado de una traducción al inglés de la época. La petición de Streicher revela la limitada defensa que intentaba construir en Núremberg. Como editor del periódico violentamente antisemita *Der Stürmer*, no alegó haberse opuesto a la persecución de los judíos por parte del régimen nazi; en cambio, trató de demostrar que había criticado la *Kristallnacht* como un error táctico. A través de Friedrich Strobel, Streicher esperaba demostrar que había calificado el pogromo de noviembre de 1938 de «medida completamente errónea» porque provocó una «reacción contraria desfavorable», al tiempo que señalaba el llamado «Plan de Madagascar» como prueba de que él estaba a favor de la deportación masiva en lugar de ese tipo de violencia pública. Strobel testificó finalmente el 30 de abril de 1946, pero su testimonio no sirvió de mucho para ayudar a Streicher. Recordando las declaraciones de Streicher de 1938, Strobel testificó que este había dicho: «No debería haber llevado a cabo esta acción de esta manera. De esta manera es imposible luchar contra un poder como el judaísmo mundial». Lo que resultó aún más perjudicial fue que Strobel cuestionara si las críticas de Streicher reflejaban alguna objeción genuina al pogromo, sugiriendo en cambio que detrás de sus comentarios se escondían la vanidad, el resentimiento político o la preocupación de que el rápido «exterminio de los judíos» pudiera restar importancia a la propia figura de Streicher. El tribunal descartó esa parte del testimonio por considerarla una opinión, y otras partes del testimonio de Strobel fueron posteriormente desestimadas por irrelevantes. El episodio pone de relieve la debilidad de la defensa de Streicher: su objeción no se dirigía a la persecución antisemita en sí misma, sino al método y al momento de su ejecución. Fue condenado por crímenes contra la humanidad por su incitación continuada a la persecución y el asesinato de judíos y fue ejecutado en la horca el 16 de octubre de 1946.
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