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Internamiento de los japoneses-estadounidenses (2) Carteles de exclusión del Mando de Defensa Occidental para Los Ángeles y el condado de Kings (1942) — Ambos de 14″ x 22″ Dos carteles originales de la Segunda Guerra Mundial, de 14 x 22, emitidos por el teniente general J. L. DeWitt, del Mando de Defensa Occidental y del Cuarto Ejército, en el Presidio de San Francisco, en los que se ordena el traslado forzoso de los japoneses-estadounidenses de dos zonas de California en mayo de 1942. El primero, con fecha del 3 de mayo de 1942, anuncia la «Orden de exclusión civil n.º 32», por la que se ordena que «todas las personas de ascendencia japonesa, tanto extranjeras como no extranjeras, sean excluidas» a partir de «las 12 del mediodía, P. W. T., del sábado 9 de mayo de 1942», de la zona de Los Ángeles delimitada por la calle East Ninth (Olympic Boulevard), la avenida Central, el bulevar Adams y la calle South Main. Se ordena a un miembro responsable de cada familia que se presente en la Estación de Control Civil situada en la «Iglesia Cristiana Japonesa, 822 de la calle 20 Este», y se advierte a quienes incumplan esta orden que «serán susceptibles de las sanciones penales previstas en la Ley Pública n.º 503» y que «los japoneses extranjeros serán objeto de detención e internamiento inmediatos». La segunda, con fecha del 6 de mayo de 1942 y con los encabezamientos del Mando de Defensa Occidental, el Cuarto Ejército y la Administración de Control Civil en Tiempo de Guerra, lleva por título «Instrucciones para todas las personas de ascendencia japonesa que vivan en la siguiente zona», y abarca «todo el condado de Kings, estado de California», en virtud de la «Orden de Exclusión Civil n.º 45». Ordena la evacuación «antes de las 12 del mediodía, hora del Pacífico, del miércoles 13 de mayo de 1942», indica a las familias que se dirijan al Puesto de Control Civil situado en el «Auditorio Cívico de Hanford», y enumera lo que los evacuados podían llevar al centro de reunión (ropa de cama y sábanas, artículos de aseo, ropa de recambio, cubiertos y «efectos personales esenciales»), con el equipaje «limitado a lo que pueda llevar cada persona o grupo familiar». Añade: «No se permitirá ningún tipo de mascota». El segundo folleto se conserva en una funda protectora de plástico. Se encuentra en buen estado general, con un ligero desgaste en los bordes, incluyendo algunos pequeños desgarros. El 19 de febrero de 1942, diez semanas después de Pearl Harbor, el presidente Franklin D. Roosevelt firmó la Orden Ejecutiva n.º 9066, por la que se autorizaba a las fuerzas armadas a designar zonas de las que «se pudiera excluir a alguna o a todas las personas». El teniente general John L. DeWitt, al mando del Comando de Defensa Occidental, hizo uso de esa autoridad para declarar las zonas occidentales de Washington, Oregón y California, junto con el sur de Arizona, como Área Militar n.º 1. En marzo, el Congreso otorgó a sus órdenes fuerza de ley mediante la Ley Pública 503, que tipificaba su incumplimiento como delito federal. Entre finales de marzo y agosto de 1942, DeWitt emitió 108 Órdenes de Exclusión de Civiles, cada una de las cuales abarcaba un único distrito y se publicaba en forma de carteles como estos. La designación «no extranjero» de las órdenes se refería a los ciudadanos estadounidenses de ascendencia japonesa. Por lo general, los residentes solo disponían de unos días para registrarse, poner en orden sus asuntos y vender, almacenar o confiar sus bienes a terceros antes del traslado, y las ventas apresuradas solían suponer graves pérdidas. La mayoría de los evacuados fueron enviados primero a centros de concentración temporales gestionados por la Administración de Control Civil en Tiempo de Guerra, antes de ser trasladados a uno de los diez centros de reubicación del interior gestionados por la Autoridad de Reubicación de Guerra. Algunos fueron enviados directamente a los centros de reubicación. En total, unas 120 000 personas de ascendencia japonesa fueron desplazadas de la costa oeste, de las cuales aproximadamente dos tercios eran ciudadanos estadounidenses. En el caso Korematsu contra Estados Unidos (1944), el Tribunal Supremo ratificó la exclusión por parte de las fuerzas armadas de los japoneses-estadounidenses de las zonas designadas. Décadas más tarde, la Comisión sobre la Reubicación y el Internamiento de Civiles en Tiempo de Guerra concluyó que dicha política había estado motivada por «prejuicios raciales, histeria bélica y una falta de liderazgo político». En 1988, la Ley de Libertades Civiles presentó una disculpa formal en nombre de la nación y autorizó el pago de 20 000 dólares a los supervivientes que reunieran los requisitos.
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